Aviso legal



     En el marco de las Naciones Unidas, la Convención Única sobre Estupefacientes, hecha en Viena en 1961, y ratificada por el estado español en 1966, establece las sustancias estupefacientes sometidas a fiscalización internacional. Entre ellas, en las Listas I y IV anexas a dicho convenio, se incluyen el cannabis y sus resinas, extractos y tinturas. Según la guía informativa compilada por el Servicio de Información de las Naciones Unidas, se entiende por cannabis aún de forma no oficial, a las sumidades, floridas o con fruto, de la planta de cannabis, (a excepción de las semillas y las hojas no unidas a las sumidades) de las cuales se ha extraído la resina. 

 

     En consideración a este concepto, las semillas de cannabis no son objeto de fiscalización internacional. Sobre la base de las disposiciones de carácter internacional contenidas en la Convención de 1961, los órganos legislativos de los diferentes Estados firmantes han dictado múltiples y variadas normas nacionales de carácter penal o administrativo, que desarrollan y complementan la normativa internacional. Son muchos las legislaciones de los países del mundo que prohiben y sancionan la compra, venta, posesión o tenencia de semillas de cannabis. Ante la imposibilidad de conocer la totalidad de las legislaciones nacionales y con el ánimo de respetar íntegramente la legalidad vigente en cada territorio soberano, Maria Grow Shop Manacor aconseja al usuario informarse sobre la legislación aplicable en su territorio, especialmente en Alemania, Australia, Francia, Austria, Marruecos, Zaire, etc. Maria Grow Shop Manacor  desarrolla su actividad comercial mediante el ofrecimiento virtual de variados productos o artículos de lícito comercio en España. La ley española no prohibe la compra-venta de semillas de cannabis en territorio español. Tampoco existe precepto legal que sancione su posesión y tenencia y aunque existen opiniones doctrinales que consideran la tenencia como un acto preparatorio impune, no están avaladas por la jurisprudencia del Tribunal Supremo. 

 

     Las semillas que Maria Grow Shop Manacor pone a la venta son artículos de colección de venta exclusiva para mayores de 18 años. El Código Penal, aprobado mediante Ley Orgánica 10/95, de 23 de noviembre, en los artículos 368 y siguientes, prevé penas de prisión de uno a tres años para los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico de cannabis. La ley penal española contempla y sanciona como delito contra la salud pública aquellos actos de cultivo destinados a la venta o tráfico o que se realicen con la finalidad de promover, favorecer o facilitar el consumo ilegal de terceras personas. La reiterada jurisprudencia de la Sala segunda del Tribunal Supremo ha señalado que el cultivo de cannabis es un acto prohibido, perseguible y sancionable por atentar contra la salud pública.

  

      Maria Grow Shop Manacor insta a la responsabilidad y diligencia de cada persona sobre los actos propios y en ningún caso invita ni incita a sus clientes a actuar de forma contraria a la ley, solicitando al cliente un uso noble, recto, responsable y diligente de los artículos o productos adquiridos.  Maria Grow Shop Manacor declina cualquier responsabilidad derivada del incumplimiento de las condiciones de contratación, de la legalidad vigente o de la transmisión, donación o cesión a título gratuito u oneroso a terceros menores de edad. 

 
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